Cada vez las transacciones se realiza más por banco, incluso algunas de ellas sólo pueden realizarse a través de una cuenta bancaria. De hecho el pago de pensiones o cualquier otra subvención por parte de la Administración requiere de tener una. Sin embargo, las entidades financieras en nuestro país han cobrado de forma tradicional comisiones o simplemente se han opuesto a su apertura.

Una situación que afectaba especialmente cuanto menos cantidad o ingresos tenía una persona. Es decir, que el banco cobraba comisiones a los clientes que menos tenían o podía negarse, sin más. Desde el pasado noviembre, todos los españoles y residente en nuestro país podrán tener una.

El Ejecutivo ha aprobado la norma que obligará a la banca a dar servicio a los clientes mediante una cuenta de pago básica, evitando así que ciudadanos de escasos recursos o escasa rentabilidad para las entidades sean discriminados y queden fuera del sistema financiero.

Las cuentas tendrán unas comisiones máximas razonables, sin perjuicio de que puedan ser incluso gratuitas. El Ministerio de Economía las fijará a través de una orden en las próximas semanas. Dará acceso a estas personas a funciones básicas como ingresos o retiradas de efectivo, domiciliaciones, transferencias y tarjetas de débito.

Podrán abrir cuentas todas las personas, incluso las que no tengan domicilio fijo, porque no tienen permiso de residencia, por ejemplo. Quedarán excluidos los clientes que puedan acceder a otras cuentas, por motivos de orden público y blanqueo de capitales.

Normativa europea

La norma adaptará la directiva europea de julio de 2014 sobre “la comparabilidad de las comisiones conexas a las cuentas de pago, el traslado de cuentas de pago y el acceso a cuentas de pago básicas”.

El borrador definía que una cuenta básica “debe dar derecho a realizar una serie de operaciones (depósitos en cuenta, retirada de efectivo, adeudos, transferencias, pagos con tarjeta) dentro de la Unión”. Debe garantizarse esta modalidad a todos ciudadanos incluidos los consumidores que no tengan domicilio fijo, los solicitantes de asilo e incluso a los consumidores a los que no se les haya concedido un permiso de residencia.

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